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LIBRO PRIMERO - IMPUESTO SOBRE LA RENTA Y COMPLEMENTARIOS
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17

LIBRO PRIMERO - IMPUESTO SOBRE LA RENTA Y COMPLEMENTARIOS


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Artículo 17. [Creado por el Art. 3 del D.L. 1979 de 1974 ] y el Art. 33 de la L. 75 de 1986] Los fondos públicos y TELECOM(1) son contribuyentes. Son contribuyentes del impuesto sobre la renta y complementarios los fondos públicos, tengan o no personería jurídica(2), cuando sus recursos provengan de impuestos nacionales destinados a ellos por disposiciones legales o cuando no sean administrados directamente por el Estado. Para tales efectos, se asimilan a sociedades anónimas.

La Empresa Nacional de Telecomunicaciones, TELECOM, es contribuyente del impuesto sobre la renta y complementarios y se regula por el régimen vigente para las sociedades anónimas(1).



                                 

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