Parágrafo. El certificado de incentivo forestal, CIF, creado por la Ley 139 de 1994, también podrá ser utilizado para compensar los costos económicos directos e indirectos en que incurra un propietario por mantener dentro de su predio ecosistemas naturales boscosos poco o nada intervenidos como reconocimiento a los beneficios ambientales y sociales derivados de estos.
El Gobierno Nacional reglamentará este incentivo, cuyo manejo estará a cargo de las corporaciones autónomas regionales y Finagro, según lo establece la citada Ley.
Un ecosistema poco o nada intervenido es aquel que mantiene sus funciones ecológicas y paisajísticas.
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