Artículo 281. [Creado por el Art. 53 del D.L. 2247 de 1974 y por los Art. 4 y 15 del D.L. 2687 de 1988] Efectos del reajuste fiscal. [Modificado por el Art. 22 de la L. 1111 de 2006] El reajuste fiscal sobre los activos patrimoniales produce efecto para la determinación de: · La renta en la enajenación de activos fijos. · La ganancia ocasional obtenida en la enajenación de activos que hubieren hecho parte del activo fijo del contribuyente por un término de dos (2) años o más. · La renta presuntiva. · El patrimonio líquido.
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