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LIBRO SEGUNDO - RETENCIÓN EN LA FUENTE
TÍTULO II - OBLIGACIONES DEL AGENTE RETENEDOR
Expedir certificados
379

LIBRO SEGUNDO - RETENCIÓN EN LA FUENTE
TÍTULO II - OBLIGACIONES DEL AGENTE RETENEDOR

Expedir certificados

Artículo 379. [Creado por el Art. 27 del D.E. 2503 de 1987] Contenido del certificado de ingresos y retencionesEl certificado de ingresos y retenciones contendrá los siguientes datos:
 

a) El formulario debidamente diligenciado;
 

b) Año gravable y ciudad donde se consignó la retención;
 

c) Apellidos y nombres del asalariado;
 

d) Cédula o NIT del asalariado;
 

e) Apellidos y nombre o razón social del agente retenedor;
 

f) Cédula o NIT del agente retenedor;
 

g) Dirección del agente retenedor;
 

h) Valor de los pagos o abonos efectuados a favor o por cuenta del asalariado, concepto de los mismos y monto de las retenciones practicadas;
 

i) Firma del pagador o agente retenedor, quien certificará que los datos consignados son verdaderos, que no existe ningún otro pago o compensación a favor del trabajador por el período a que se refiere el certificado y que los pagos y retenciones enunciados se han realizado de conformidad con las normas pertinentes.(1)



                                 

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