Artículo 392. [Creado por el Inc. 4 del Art. 62 del D.L. 3803 de 1982, el Par. del Art. 31 de la L. 20 de 1979 y el Art. 86 de la L. 9 de 1983] Se efectúa sobre los pagos o abonos en cuenta. Están sujetos a retención en la fuente los pagos o abonos en cuenta que hagan las personas jurídicas y sociedades de hecho por concepto de honorarios, comisiones, servicios y arrendamientos.
Respecto de los conceptos de honorarios, comisiones, y arrendamientos, el gobierno determinará mediante decreto los porcentajes de retención, de acuerdo con lo estipulado en el inciso anterior, sin que en ningún caso sobrepasen el 20% del respectivo pago. Tratándose de servicios no profesionales, la tarifa no podrá sobrepasar el 15% del respectivo pago o abono en cuenta.
[Modificado por el Art. 45 de la L. 633 de 2000] La tarifa de retención en la fuente para los honorarios y comisiones, percibidos por los contribuyentes no obligados a presentar declaración de renta y complementarios, es el diez por ciento (10%) del valor del correspondiente pago o abono en cuenta. La misma tarifa se aplicará a los pagos o abonos en cuenta de los contratos de consultoría y a los honorarios en los contratos de administración delegada. La tarifa de retención en la fuente para los contribuyentes obligados a declarar será la señalada por el Gobierno Nacional.
[Adicionado por el Art. 45 de la L. 633 de 2000] La tarifa de retención en la fuente para los servicios percibidos por los contribuyentes no obligados a presentar declaración de renta y complementarios, es del seis por ciento (6%) del valor del correspondiente pago o abono en cuenta. La tarifa de retención en la fuente para los contribuyentes obligados a declarar será la señalada por el Gobierno Nacional.
[Adicionado por el Art. 75 de la L. 1111 de 2006] Los servicios integrales de salud que involucran servicios calificados y no calificados, prestados a un usuario por instituciones prestadoras de salud IPS, que comprenden hospitalización, radiología, medicamentos, exámenes y análisis de laboratorios clínicos, estarán sometidos a la tarifa del dos por ciento (2%).
[Adicionado por el Art. 16 de la L. 2070 de 2020] La tarifa de retención en la fuente a título de impuesto sobre la renta, sobre los pagos o abonos en cuenta por concepto de honorarios, comisiones y prestación de servicios correspondientes a las veintisiete (27) actividades de inclusión total de la Cuenta Satélite de Cultura y Economía Naranja del Departamento Administrativo Nacional de Estadística -DANE que se mencionan a continuación, será del cuatro por ciento (4%):
#
Descripción
CIIU 4 A.C
Área
1
Producción de copias a partir de grabaciones originales
1820
Industrias culturales
2
Fabricación de instrumentos musicales
3220
Creaciones funcionales
3
Edición de libros
5811
4
Edición de periódicos, revistas y publicaciones periódicas
5813
5
Actividades de producción de películas cinematográficas, videos, programas, anuncios y comerciales de televisión
5911
6
Actividades de postproducción de películas cinematográficas, videos, programas, anuncios y comerciales de televisión
5912
7
Actividades de distribución de películas cinematográficas, videos, programas, anuncios y comerciales de televisión
5913
8
Actividades de exhibición de películas cinematográficas y videos
5914
9
Actividades de grabación de sonido y edición de música
5920
10
Actividades de programación y transmisión en el servicio de radiodifusión sonora
6010
11
Actividades de programación y transmisión de televisión
6020
12
Publicidad
7310
13
Actividades especializadas de diseño
7410
14
Actividades de fotografía
7420
Artes y patrimonio
15
Enseñanza cultural
8553
16
Creación literaria
9001
17
Creación musical
9002
18
Creación teatral
9003
19
Creación audiovisual
9004
20
Artes plásticas y visuales
9005
21
Actividades teatrales
9006
22
Actividades de espectáculos musicales en vivo
9007
23
Otras actividades de espectáculos en vivo
9008
24
Actividades de bibliotecas y archivos
9101
25
Actividades y funcionamiento de museos, conservación de edificios y sitios históricos
9102
26
Actividades de jardines botánicos, zoológicos y reservas naturales
9103
27
Actividades de parques de atracciones y parques temáticos
9321
Para consultar las secciones de cada artículo (Concordancias-Normatividad, Jurisprudencia, Notas PwC, Notas - Normas Internacionales de Información Financiera, Doctrina DIAN, entre otras) te invitamos a comprar la versión paga del Estatuto Tributario aquí