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LIBRO SEGUNDO - RETENCIÓN EN LA FUENTE
TÍTULO III - CONCEPTOS SUJETOS A RETENCIÓN
CAPÍTULO VII - LOTERÍAS, RIFAS, APUESTAS Y SIMILARES
404-1

LIBRO SEGUNDO - RETENCIÓN EN LA FUENTE
TÍTULO III - CONCEPTOS SUJETOS A RETENCIÓN
CAPÍTULO VII - LOTERÍAS, RIFAS, APUESTAS Y SIMILARES

Artículo 404-1. [Creado por el Art. 107 de la L. 488 de 1998] Retención en la fuente por premiosLa retención en la fuente sobre los pagos o abonos en cuenta por concepto de loterías, rifas, apuestas y similares se efectuará cuando el valor del correspondiente pago o abono en cuenta sea superior a (48 UVT)(1).


                                 

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