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LIBRO TERCERO - IMPUESTO SOBRE LAS VENTAS
TÍTULO VI - BIENES EXENTOS
Bienes exentos por su destinación o uso
482

LIBRO TERCERO - IMPUESTO SOBRE LAS VENTAS
TÍTULO VI - BIENES EXENTOS

Bienes exentos por su destinación o uso
Artículo 482. [Creado por el Art. 65 del D.E. 3541 de 1983] Las personas exentas por ley de otros impuestos no lo están del impuesto sobre las ventas. Las personas declaradas por ley exentas de pagar impuestos nacionales, departamentales o municipales, no están exentas del impuesto sobre las ventas.


                                 

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