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LIBRO CUARTO - IMPUESTO DE TIMBRE NACIONAL
TÍTULO III - CAUSACIÓN DEL IMPUESTO DE TIMBRE PARA ALGUNAS ACTUACIONES
528

LIBRO CUARTO - IMPUESTO DE TIMBRE NACIONAL
TÍTULO III - CAUSACIÓN DEL IMPUESTO DE TIMBRE PARA ALGUNAS ACTUACIONES


Artículo 528. [Creado por el Art. 17 de la L. 2 de 1976] La no expresión de la fecha hace presumir el plazo vencidoLos instrumentos, actuaciones o diligencias gravados con impuesto de timbre nacional, en que no se exprese la fecha se tendrán como de plazo vencido para el pago del impuesto y las correspondientes sanciones.


                                 

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