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LIBRO CUARTO - IMPUESTO DE TIMBRE NACIONAL
TÍTULO V - ACTUACIONES Y DOCUMENTOS EXENTOS DEL IMPUESTO DE TIMBRE
533

LIBRO CUARTO - IMPUESTO DE TIMBRE NACIONAL
TÍTULO V - ACTUACIONES Y DOCUMENTOS EXENTOS DEL IMPUESTO DE TIMBRE


Artículo 533. [Creado por el Art. 27 de la L. 2 de 1976] Qué se entiende por entidades de derecho público. [Modificado por el Art. 61 de la L. 1111 de 2006] Para los fines tributarios de este Libro, son entidades de derecho público la Nación, los Departamentos, los Distritos Municipales, los Municipios, los entes universitarios autónomos y los organismos o dependencias de las ramas del poder público, central o seccional, con excepción de las empresas industriales y comerciales del Estado y de las sociedades de economía mixta.


                                 

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