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LIBRO CUARTO - IMPUESTO DE TIMBRE NACIONAL
TÍTULO VI - PAGO DEL IMPUESTO DE TIMBRE
535

LIBRO CUARTO - IMPUESTO DE TIMBRE NACIONAL
TÍTULO VI - PAGO DEL IMPUESTO DE TIMBRE


Artículo 535. [Creado por el Art. 11 del D.E. 2503 de 1987] El impuesto se paga al momento de presentar la declaración. [Derogado por el Art. 140 de la L. 6 de 1992]


                                 

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