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LIBRO QUINTO - PROCEDIMIENTO TRIBUTARIO, SANCIONES Y ESTRUCTURA DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE IMPUESTOS NACIONALES
TÍTULO I - ACTUACIÓN
555-3

LIBRO QUINTO - PROCEDIMIENTO TRIBUTARIO, SANCIONES Y ESTRUCTURA DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE IMPUESTOS NACIONALES
TÍTULO I - ACTUACIÓN


Artículo 555-3. [Creado por el Art. 45 del D.L. 2106 de 2019] Interoperabilidad para facilitar la inscripción, actualización y cancelación del Registro Único Tributario - RUT. Para efectos de la inscripción, actualización y cancelación del Registro Único Tributario - RUT, las entidades públicas y los particulares que ejerzan funciones públicas que recolecten, administren o custodien datos o información deberán suministrarla y facilitar el acceso a la DIAN, cuando esta lo requiera, sin que sea oponible la reserva legal, sin perjuicio del cumplimiento de las condiciones, reservas y requisitos para el suministro, manejo, uso y salvaguarda de la información atendiendo lo previsto en la Ley 1581 de 2012(1) y demás disposiciones que regulen la reserva de la información..


                                 

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