Artículo 799. [Creado por el Art. 5 de la L. 1 de 1980] Responsabilidad de los bancos por pago irregular de cheques fiscales. Los establecimientos bancarios que pagaren o negociaren o en cualquier forma violaren lo previsto en la ley sobre el cheque fiscal(1), responderán en su totalidad por el pago irregular y sus empleados responsables quedarán sometidos a las sanciones legales y reglamentarias del caso.
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