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2015-05-28

Régimen de precios de transferencia para sucursales:

La sucursal de una sociedad extranjera cumplirá el régimen de precios de transferencia a pesar de no haber obtenido ingresos en el periodo gravable

En esta oportunidad se le preguntó a la DIAN si una sucursal de sociedad extranjera que no obtuvo ingresos, se encuentra sometida al régimen de precios de trasferencia. Luego de hacer un recuento de los propósitos de este régimen la Administración concluyó:


"(…)  Independientemente que la sucursal de sociedad extranjera obtenga o no ingresos durante el periodo o año gravable, lo cierto es que está sometida al régimen de precios de transferencia  y, por tanto, a todas las obligaciones que de aquel se derivan, pues es palmario que el mencionado tratamiento normativo gobierna, en términos generales, cualquier operación entre vinculados con el propósito de neutralizar la posible manipulación de precios" (Texto original del Concepto 11767 del 2015).

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