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2018-11-19

Licenciamiento de software en el marco del CDI suscrito entre Colombia y México:

Concepto 18726 de 2018 - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales – DIAN

En esta oportunidad se le consultó a la DIAN lo siguiente:

"¿Cuál es la tarifa de retención en la fuente a título del impuesto sobre la renta, que se debe practicar a un residente en México por adquisición del licenciamiento de software en el territorio nacional?"


En razón de la anterior se indicó que "Los ingresos por estos conceptos pueden someterse a imposición en los dos estados contratantes, no obstante, para el estado de la fuente, es decir de donde procede el pago, la tarifa está limitada al 10% del importe bruto de los cánones. Aspecto que lleva a concluir que en los casos de operaciones entre una sociedad colombiana y una residente en México, el ingreso será gravado en los dos estados pero en Colombia el gravamen no podrá ser superior al 10% del respectivo pago. – no se aplica la tairfa del 15% consagrada en el Estatuto Tributario -." 

 (Ver Concepto 18726 de 2018 aquí).

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