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2019-05-10

Obligación de presentar declaración de IVA para prestadores de servicios desde el exterior: ¿Aplica si el proveedor de tarjeta de crédito no practica la retención?:

900114 de 2019 - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales - DIAN

La DIAN respondió el siguiente interrogante: "¿En el evento que los prestadores de servicios desde el exterior se acojan al sistema de retención en la fuente a través de los proveedores de tarjetas de crédito y débito (servicios electrónicos o digitales) la obligación de declarar por parte del prestador del servicio cesa al momento que los agentes retenedores apliquen la retención, o el prestador de servicios está obligado a presentar una declaración de IVA?"


Al respecto la DIAN dijo lo siguiente: "Sobre el particular le manifestamos que cesará la obligación de declarar y pagar el impuesto a las ventas para aquellos prestadores de servicios del exterior, desde el momento en el cual se acogieron voluntariamente al sistema de retención previsto en el numeral 8 del artículo 437-2 del Estatuto Tributario; lo anterior. En este sentido, si el agente retenedor no practica la retención cuando se encontraba obligado a ello, se entenderá como una omisión de agente retenedor."(Concepto 900114 de 2019)

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