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2019-10-29

Esta es la manera en que se deben reportar los descuentos por pronto pago:

La nota crédito electrónica es uno de los aspectos que más ha generado dudas este año. Encuentra aquí algunas consideraciones de la DIAN

El Consultante preguntó a la DIAN lo siguiente:


"1 ¿Los descuentos por pronto pago deben ser reportados mediante Nota Crédito Electrónica a la DIAN?


 2. ¿El concepto que tiene hoy la DIAN por descuento, incluye este tipo de descuentos, que son más financieros y se generan dependiendo la capacidad de pago de los clientes?


 3. Antes de la entrada en vigencia de la Facturación electrónica, en el momento de la elaboración del recaudo (Recibo de Caja) se hacia reconocimiento de ese menor ingreso.


Ahora con facturación electrónica se puede seguir reconociendo ese menor ingreso por medio de Recibo de caja o es requisito que sea mediante Nota Crédito Electrónica transmitida a la DIAN."

 

En consideración a los mencionados interrogantes, la DIAN indicó que:


"En desarrollo del sistema técnico de control previsto para la factura electrónica en la Resolución 000019 de 2016, el Anexo Técnico No. 001-V2, define las especificaciones técnicas de las notas crédito que deben entregarse a la DIAN, incluyendo las ya referidas, y adicionalmente las correspondientes a "Rebaja total aplicada" y "Descuento total aplicado".


Este aspecto se trató en Oficio 001777 de 2018, que se anexa para su información.  Sin embargo, debe ser claro, que el hecho que la DIAN exija como parte del sistema técnico de control de la factura electrónica, la entrega de las últimas notas crédito referidas, no implica modificación alguna en materia del Impuesto sobre las ventas y su base gravable, toda vez que como se indicó, si las mismas documentan descuentos posteriores a la expedición de la factura supeditados a una condición o hecho futuro que puede suceder o no y, es claro que los descuentos diferentes de los efectivos, acorde con el artículo 454 del Estatuto Tributario, no afectan la base gravable de la factura ni el impuesto facturado.


No obstante, la entrega de dichas notas crédito a la DIAN constituye un elemento técnico de control en materia de facturación electrónica y, también de la actividad productora de renta, sirviendo en consecuencia a un doble propósito, permitiendo diferenciar descuentos efectivos de aquellos que no lo son y no afectan la base gravable del IVA, pero que igualmente pueden ser útiles en materia de ingresos, evento en el cual como se dijo en el primer punto de este oficio, esos descuentos inciden para efectos de la definición de los ingresos devengados para efectos del impuesto de renta."

 

 

 (Ver texto original del Concepto 20067 de 2019 )


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