En línea con lo establecido en el artículo 24 del Decreto 1165 de 2019, y una vez puesto a disposición de los usuarios interesados el "Manual SIE TRÁNSITO ADUANERO MN-OA-0058, versión 1", así como realizadas las capacitaciones y entrenamientos por parte de la Subdirección de Gestión de Comercio Exterior a los usuarios aduaneros y funcionarios de las direcciones seccionales entre el 30 de enero y el 21 de mayo de 2020, la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales -DIAN- expidió la Resolución 76 del 10 de julio de 2020, en la cual estableció que la solicitud, autorización, ejecución y finalización de las operaciones de Tránsito Aduanero y las operaciones de Transporte Multimodal deberán tramitarse, autorizarse, ejecutarse y finalizarse a través de los Servicios Informáticos Electrónicos.
Asimismo, determinó que los usuarios aduaneros que realicen las operaciones mencionadas, o que participen en el desarrollo de las mismas, deberán registrarse en los Servicios Informáticos Electrónicos según lo dispuesto en el artículo 7 de la Resolución 46 de 2019.
Considerando que lo determinado en esta resolución comienza a regir a partir de los quince (15) días comunes siguientes a su publicación en el Diario Oficial, hecho ocurrido el 10 de julio de 2020, su aplicación será obligatoria a partir del 26 de julio de 2020.
Ver aquí Resolución 76 de 2020.
Noticia redactada por:
Adriana Pinzón Rivera
OEA - Aduanas y Comercio Internacional
PwC Servicios legales y Tributarios