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2020-08-12

Proyecto de decreto que implementa medidas transitorias frente a los programas de los sistemas especiales de importación y exportación -SEIEX:

el Ministerio de Comercio determinará cuáles son los sectores económicos a los que irá dirigida esta norma.

La pandemia por el virus SARS-CoV-2 (COVID-19) en Colombia como en el mundo, además de generar una crisis sanitaria también generó una económica; por ello, se hace imperativo que el Gobierno Nacional tome medidas para reactivar los sectores productivos para tratar de mitigar las consecuencias de la desaceleración económica.

En ese sentido, el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo -MINCIT- emitió el proyecto de Decreto por medio del cual se pretende modificar provisionalmente algunas de las disposiciones impartidas por el Decreto 285 de 2020 para los Sistemas Especiales de Importación y Exportación (en adelante SIEEX).

Este proyecto consiste en incentivar por un periodo de dieciocho (18) meses a partir de que empiece a regir el Decreto, la solicitud de nuevos programas de materias primas, de bienes de capital y de exportación de servicios; bajo unos compromisos mínimos de exportación menores a los contemplados en el Decreto ibidem.

Con estos nuevos compromisos de exportación, el programa de materias primas obtendrá una reducción del cuarenta por ciento (40%), porcentaje que podrá ser destinado al mercado nacional y; el programa de bienes de capital y repuestos de que trata el literal c) del artículo 173 del Decreto Ley 444 de 1967 obtendrá una reducción del veinte por ciento (20%).

Mientras que, los programas de bienes de capital y repuestos de que trata el artículo 174 del Decreto Ley 444 de 1967 y el de exportación de servicios, obtendrían una reducción de cero coma tres (0,3) y cero coma cinco (0,5) décimas, respectivamente; no obstante, el usuario de un programa de exportación de servicios podrá obtener una reducción adicional, pero ésta dependerá del aumento de empleo a diciembre de 2019, el cual deberá mantener durante la vigencia del programa.

Los programas podrán ser solicitados por personas naturales y jurídicas, asociaciones empresariales y consorcios y uniones temporales que estén realizando operaciones con cargo a un programa de SIEEX o, que cuenten con uno de estos programas ya autorizados.

En todo caso, queda pendiente que el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo -MINCIT- determine cuáles son los sectores económicos a los que va dirigida esta norma, y los niveles de empleo criterio bajo los cuales se podrá ver más beneficiado un usuario del programa de exportación de servicios.


Ver aquí Texto original del Proyecto de Decreto.

 

 

Noticia elaborada por: 


Olga Lizeth Medina

 

OEA - Aduanas y Comercio Internacional.

PwC Servicios legales y Tributarios


 






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