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2020-11-07

Consejo de Estado interpretó el alcance de la exclusión de IVA en las comisiones percibidas por utilización de tarjetas crédito y débito se encuentran excluidas de IVA:

La Alta Corporación anuló la posición plasmada por la DIAN en su doctrina, conoce aquí su justificación

En esta oportunidad le correspondió resolver al Consejo de Estado el siguiente problema jurídico:

 

"¿El oficio 76737 de 2012 viola el numeral 17 (hoy 28) del artículo 476 del Estatuto Tributario, que consagra la exclusión del IVA a las comisiones percibidas por la utilización de tarjetas crédito y débito, al limitarla únicamente a aquellos casos en los que la comisión es cobrada por las entidades emisoras de las tarjetas crédito y débito a los establecimientos de comercio por el uso de éstas y no a ningún otro evento?"

 

Con relación al problema jurídico planteado con anterioridad la Sala señaló que "el numeral 17 del artículo 476 del Estatuto Tributario no discrimina el tipo de comisión al generarse la exclusión de IVA por la utilización de tarjetas de crédito y débito."

Como consecuencia de lo anterior La Sala adujo que en el oficio objeto de demanda se hizo referencia a antecedentes legislativo en virtud de los cuales se originó la expedición de la norma que es fundamento de dicho oficio. 

Por su parte la DIAN, había señalado en anterior oportunidad que "de dichos antecedentes no se deriva la conclusión a la que llega la Administración en el sentido de restringir el alcance del numeral 17 del artículo 476 del E.T."

En el caso que nos ocupa la pretensión de la demandante restringe el alcance de lo establecido en el numeral 17 del artículo 476 del E.T, el cual excluye del IVA las comisiones provenientes de la utilización de tarjetas de crédito y débito sin distinción o restricción conforme a las operaciones llevadas a cabo por el establecimiento comercial y la empresa emisora de las mismas. 

En virtud de lo anterior, la Sala expresó que " la interpretación dada por la DIAN en el acto acusado desconoce el alcance del numeral 17 del artículo 476 del Estatuto Tributario, razón por la que procede su nulidad."

 

Ver aquí Ficha Técnica del Sentencia 24536 de 2020*(Solo para suscriptores del Tax and Legal Times)

 Ver aquí Sentencia 24536 de 2020

 

Noticia elaborada por:

 

Jaime Ayala & Martha Isabel Gómez

PwC Servicios Legales y Tributarios


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