Home
2021-05-10

¿Sábes cuál es el tratamiento fiscal de la condonación de una deuda por parte de su matriz a una sucursal colombiana?:

En esta ocasión se le preguntó a la DIAN si la casa matriz del exterior de una sucursal en Colombia le condona una cuenta por cobrar a su sucursal, esta operación genera un ingreso de carácter tributario para la misma sucursal en Colombia, lo anterior con relación al Oficio 903008 del 8 de abril de 2021

Para responder a este cuestionamiento, la entidad trajo a estudio al artículo 1.2.1.14.1 del Decreto 1625 de 2016, para señalar que :

"en la atribución de rentas y ganancias ocasionales el establecimiento permanente se reconoce "como un ente separado de la empresa extranjera de la que forma parte".

Lo anterior quiere indicar que si la empresa o casa matriz le condona una deuda cobrar a la Sucursal ubicada en Colombia se genera correlativamente un ingreso de carácter tributario para la sucursal en comento, es decir, cuando le sea atribuible a partir de la determinación de su capital, activos, pasivos, ingresos, costos y gastos, de acuerdo con el principio de plena competencia, y soportado en el estudio sobre funciones, activos y riesgos.

 

Ver aquí Ficha Técnica del Concepto 584 de 2021 *(Solo para suscriptores del Tax and Legal Times)

Ver aquí Concepto 584 de 2021

 

Noticia elaborada por:

Martha Isabel Gómez Marín

PwC Servicios Legales y Tributario


Te puede interesar: Sucursales en Colombia

Comparte esta publicación en tus redes sociales

También te puede interesar Ver más noticias
2016-09-28 Régimen de precios de transferencia para sucursales
2016-09-30 Estudio para la atribución de las rentas y ganancias ocasionales a establecimientos permanentes y sucursales