En esta oportunidad se solicitó concepto a la DIAN en relación con el valor probatorio de la información exógena con fines de controvertir esa información como prueba en estrados judiciales.
La DIAN señaló que el Director de la Entidad está facultado para solicitar información, la cual puede provenir del mismo contribuyente y dar cuenta de aspectos relacionados consigo mismo, o información que emana de terceros sean o no contribuyentes.
Tal es el caso, por ejemplo, de la información a que se refiere el artículo 631 del E.T, “información solicitada de terceros” la cual constituye insumo para la Entidad en sus distintos procesos, siendo amplio el margen de acción de la DIAN a partir de la misma, razón por la cual puede utilizarla con distintos fines, por ejemplo, en investigaciones específicas, es perfectamente válido.
Finalmente la entidad anotó que en el ámbito tributario existen disposiciones especiales en materia probatoria, entre ellas el artículo 750 ibídem, que dispone que las informaciones suministradas por terceros son prueba testimonial, en cual se encuentra en línea con las disposiciones del Código General del Proceso.
Considerando entonces que la misma ley tributaria da el carácter de “testimonio” a la información suministrada por terceros, la entidad doctrinaria concluyó que “la información de terceros que la DIAN considere en sus procesos de investigación tiene dicho carácter, por expresa disposición legal".
Ver aquí Ficha Técnica del Concepto 674 de 2021 *(Solo para suscriptores del Tax and Legal Times)
Ver aquí Concepto 674 de 2021
Noticia elaborada por:
Martha Isabel Gómez Marín
PwC Servicios Legales y Tributario