La Administración Tributaria resolvió las inquietudes propuestas señalando en principio que, la DIAN tiene la función de administrar el registro de las facturas electrónicas de venta consideradas como título valor que circulen en el territorio nacional -RADIAN.
A su vez recordó que la reglamentación define la factura electrónica como “es un título valor en mensaje de datos, expedido por el emisor o facturador electrónico, que evidencia una transacción de compraventa de un bien o prestación de un servicio, entregada y aceptada, tácita o expresamente, por el adquirente/deudor/aceptante, y que cumple con los requisitos establecidos en el Código de Comercio y en el Estatuto Tributario, y las normas que los reglamenten, modifiquen, adicionen o sustituyan”. Por lo anterior en el proceso ejecutivo le corresponde al juez y a las partes determinar la existencia del título valor.
Además, la DIAN precisó que los usuarios del RADIAN para el registro de las facturas electrónicas de venta deben cumplir con las condiciones y mecanismos técnicos y tecnológicos dispuestos en el “Anexo técnico - RADIAN”, el cual está definido por la Resolución 15 de 2021. Sobre este último punto resaltó que la disponibilidad del registro de las facturas electrónicas de venta como título valor -RADIAN se dará a más tardar el primero (1) de agosto de 2021 para que el anexo técnico que forma parte integral de la Resolución DIAN No. 15 del 11 de febrero de 2021, pueda ser implementado por los usuarios del mismo.
Adicionalmente la Administración destacó que el certificado de existencia y trazabilidad de la factura electrónica de venta como título valor que circula en el territorio nacional es “(…) el documento electrónico que contiene la trazabilidad de los eventos asociados a una factura electrónica de venta como título valor que han sido objeto de inscripción y que es generado por el sistema de facturación electrónica de la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN), funcionalidad RADIAN a los usuarios del mismo. Este certificado podrá tener representaciones gráficas en formato digital” el cual es generado por el sistema de facturación electrónica de la DIAN, funcionalidad RADIAN.
Ver aquí Ficha Técnica del Concepto 905 de 2021*(Solo para suscriptores del Tax and Legal Times)
Ver aquí Concepto 905 de 2021