La Dirección Seccional de Impuestos y Aduanas de Buenaventura prorrogó hasta el 31 de marzo de 2022 la suspensión del término de duración de la ejecución de las operaciones de Tránsito Aduanero Nacional, Tránsito Aduanero Internacional y Transporte Multimodal, así como la autorización con datos de transporte provisional para aquellos tránsitos que vencen el mismo día. Esta determinación es una extensión de las medidas adoptadas mediante Autos No. 000030 del 6 de enero de 2022 y No. 000228 del 31 de enero de 2022.
En particular, la suspensión se prolongó una vez más como consecuencia de las múltiples solicitudes de ampliación de términos presentadas ante la autoridad y la situación manifestada respecto de la ausencia de medios de transporte de carga. Adicionalmente, la medida se fundamentó en el parágrafo del artículo 472 de la Resolución 046 de 2019, modificado por el artículo 14 de la Resolución 11 de 2020, que consagra la posibilidad de que, mediante acto administrativo, el administrador de la aduana de partida suspenda el término de duración de la ejecución de la operación de tránsito debido a la ocurrencia de hechos notorios, la alteración del orden público o desastres naturales que impidan la continuación de la modalidad.
Así las cosas, ante los comentarios presentados por los usuarios a través de redes sociales, medios noticiosos y, en general, debido a los múltiples reportes por parte de los principales actores de comercio exterior afectados por la coyuntura, la aduana de Buenaventura adoptó esta medida con el fin de contrarrestar la situación hasta tanto se dé el restablecimiento en la circulación de vehículos de carga por las vías nacionales, el aumento de la oferta de los mismos y la normalización de los servicios informáticos del INVIMA, que en días pasados fueron objeto de un ataque cibernético.
Por esta razón, se espera que la suspensión de términos culmine el 31 de marzo de 2022 o con anterioridad a esta fecha, en caso de que, antes de ese plazo, se logren reestablecer las condiciones de movilidad y de oferta de vehículos de carga. En todo caso, la finalización de la medida deberá ser informada por la aduana de Buenaventura mediante acto administrativo.
Ver aquí Concepto DIAN 500 de 2022
María Angélica Suárez Ibarra
PwC Servicios Legales y Tributarios