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2022-06-02

ZOMAC: ¿Conoces las condiciones para que las empresas puedan aplicar este régimen de conformidad con las actividades económicas habilitadas para su aplicación?:

Entérate aquí de dos aspectos clave sobre la materia según el criterio de la DIAN.


En esta oportunidad la peticionaria consultó:

1. Sírvase indicar si el numeral 2 del “artículo 1.2.1.23.1.2. desarrollo de toda la actividad económica” del Decreto 1650 de 2017, comprende la posibilidad que una empresa constituida como SAS ZOMAC dedicada al servicio de obras del ingeniería clasificada en la actividad económica N° 42 “obras de ingeniería civil” del Anexo N°3 del Decreto en enunciado, pueda prestar los servicios de obras civiles con personal de la región donde fue constituida la “SAS ZOMAC”, hacia otras partes del país cualquiera que esta sea. Es decir, si puede contratar la realización de obras de ingeniería civil y actividades conexas en otras partes del país o del exterior, con personal de la región ZOMAC donde se encuentra domiciliada.

2. Sírvase indicar que tipo de servicios puede prestar una empresa constituida como ZOMAC con actividad económica N° 42 “obras de ingeniería civil” hacia otras partes del país o del exterior?”.

 

Para dar respuesta a la primera cuestión la DIAN indicó que “el contribuyente desarrolla toda la actividad económica en las Zonas más Afectadas por el Conflicto Armado - ZOMAC, cuando la totalidad de la actividad económica se desarrolla dentro de los municipios declarados como Zonas más Afectadas por el Conflicto Armado – ZOMAC”. Adicionalmente señaló que, “se entiende que las actividades industriales o agropecuarias, de servicios y de comercio, se desarrollan en las Zonas más Afectadas por el Conflicto Armado – ZOMAC”.

 

Posterior a ello, y en cuento al sector secundario la Autoridad Tributaria mencionó que “corresponde a la transformación de la materia prima en productos industrializados o semielaborados, o en maquinarias y herramientas industriales. En él se destacan las actividades industriales, construcción, etc”.

 

En consecuencia, la Entidad concluyó en su doctrina que “en el caso de las obras de ingeniería civil, toda vez que se trata de actividades de construcción, dichas actividades hacen parte del sector secundario de la economía en los términos indicados”.

 

Otro punto que trató la DIAN, respecto de los servicios de obra civil es el de la normativa aplicable. Por lo que expresó “al no tratarse de las actividades industriales o agropecuarias, de servicios ni de comercio indicadas en el artículo 1.2.1.23.1.2. del Decreto 1625 de 2016, deberá observarse la regla general establecida en el artículo 1.2.1.23.1.1. ibídem, esto es, que la totalidad de la actividad económica (obras de ingeniería civil) se desarrolle dentro de los municipios declarados como ZOMAC”.

 

Es con causa de lo anterior que la Entidad indicó que “que el incumplimiento de los requisitos legalmente establecidos, dará lugar a la pérdida del régimen de tributación bajo análisis”.

 

Ahora bien, en cuanto al segundo interrogante la Autoridad Tributaria respondió que “se pone de presente que las divisiones económicas establecidas en el Anexo No. 3 del Decreto 1650 de 2017 para efectos de determinar los montos de inversión y empleo, corresponden a las divisiones económicas establecidas por la Clasificación Industrial Internacional Uniforme – CIIU”.

 

De acuerdo con estas divisiones económicas la DIAN recurrió  a la clasificación desarrollada por el DANE sobre las obras de ingeniería civil, señalando lo siguiente:

Esta división comprende obras generales de construcción para proyectos de ingeniería civil. Abarca obras nuevas, reparaciones, ampliaciones y reformas, el levantamiento in situ de estructuras prefabricadas y también la construcción de obras de carácter provisional. Se incluyen obras de construcción tales como carreteras, calles, puentes, líneas de ferrocarril, puertos y otros proyectos relacionados con vías de navegación, sistemas de riego, sistemas de alcantarillado, instalaciones industriales, tuberías de transporte y líneas eléctricas, instalaciones deportivas al aire libre, etcétera. Esas obras pueden ser realizadas por cuenta propia o a cambio de una retribución o por contrata. Puede subcontratarse una parte o incluso la totalidad de la actividad”.

 

Además, de acuerdo con la DIAN entre las actividades que se desarrollan por ese concepto se pueden identificar las de “Construcción de carreteras y vías de ferrocarril… Construcción de proyectos de servicio público…” y “Construcción de otras obras de ingeniería civil”. No obstante, sugerimos que analice su caso en concreto con la ayuda de un experto para identificar si la operación que realiza se incluye dentro de las actividades mencionados o están excluidas.


Ver aquí ficha del Concepto DIAN 41 de 2021* (Solo para suscriptores del Tax & Legal Times).

Ver aquí Concepto DIAN 41 de 2021.

 

Noticia elaborada por:

Nicolas Cardozo Gonzalez.

PwC | Impuestos en Línea.


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