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2022-07-14

¿Conoces las condiciones para aplicar el régimen de Compañías Holding Colombianas?:

La DIAN ha precisado el alcance de la referente al porcentaje de participación en otras entidades y si éste aplica sobre las fundaciones.

 

En el presente concepto jurídico emitido por la DIAN, se planteó el siguiente supuesto: una sociedad nacional (A) tiene una participación mayor al 10% en otra sociedad nacional (B), así como que es miembro fundador de una fundación colombiana (C), en ambos casos hace más de 12 meses." En base a esto se consultó:

 "Si a la luz del numeral 1 del artículo 894 de Estatuto Tributario, una fundación podría entrar dentro de la definición de 'Entidades', y, por lo tanto, dicha participación en una fundación como miembro fundador, en conjunto con la participación en otra sociedad con más del 10%, podría dar por sentado el cumplimiento de los requisitos enumerados en el numeral antes mencionado"

Al respecto, la Entidad señaló en su doctrina que se "evidencia una serie de condiciones las cuales las sociedades nacionales deben cumplir, una de esas condiciones consiste en la participación directa o indirecta en al menos el 10% del capital de 2 o más sociedades o entidades colombianas o extranjeras por un periodo mínimo de 12 meses".

Posteriormente, la Autoridad Tributaria acudió a la jurisprudencia de la Corte Constitucional para indicar que"el ánimo de lucro no se relaciona con las utilidades obtenidas, sino con la destinación que se les otorgue, de manera que lo que diferencia a una entidad sin ánimo de lucro de una que si lo tiene, es que las utilidades no pueden ser repartidas a sus miembros cuando se retiran, ni al final de cada ejercicio contable, ni cuando la entidad se liquida".

 

La DIAN concluyó que "una fundación colombiana no se ajusta dentro del concepto de "entidades" a la que hace relación el numeral 1 del artículo 894 para efectos del régimen Compañías Holding Colombianas. Entonces, en el presente caso la sociedad nacional A no puede acogerse al régimen a que se exige una participación directa o indirecta de al menos el 10% en el capital "de dos o más sociedades o entidades colombianas y/o extranjeras por un período mínimo de 12 meses".


Ver aqui ficha Concepto DIAN 583 de 2022* (Solo para suscriptores del Tax & Legal Times).

Ver aqui Concepto DIAN 583 de 2022.

 

Noticia elaborada por:

 

Maria Alejandra Triana Mantilla.

PwC | Impuestos en Linea.


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