Régimen SIMPLE:
1. Se reducirían sustancialmente las tarifas
2. Se crearía un nuevo grupo para actividades de atención a la salud humana y asistencia social, cuyas tarifas van del 3,7% al 5,9%.
3. Podrían estar obligados a presentar la declaración de activos en el exterior e impuesto al patrimonio
4. Las personas naturales con ingresos menores a 3.500 UVT, no serían responsables de IVA
5. Se eliminaría la restricción de estar al día con obligaciones de cualquier naturaleza para acceder al régimen simple de tributación -SIMPLE.
6. Se eliminan los anticipos bimestrales para los contribuyentes que no superen los 3.500 UVT permitiendo una única declaración y un único pago
7. Se establecería un descuento de GMF para los contribuyentes del SIMPLE que no puede ser concurrente con el descuento por pagos en el sistema financiero.
8. Desaparecería el grupo de "servicios profesionales, de consultoría y científicos en los que predomine el factor intelectual sobre el material, incluidos los servicios de profesiones liberales
Procedimiento y obligaciones formales:
- Nueva- Determinación oficial de impuestos mediante factura: Se delimita su aplicación únicamente a los contribuyentes que hayan omitido su obligación de presentar la declaración del impuesto. Se incluyen precisiones en relación con la notificación de la factura y se establecen criterios para su aceptación o rechazo, en línea con la jurisprudencia de la Corte Constitucional.
- Régimen sancionatorio aduanero: Se otorgan unas facultades temporales al Presidente para que en 6 meses el régimen sancionatorio aduanero y su procedimiento acompañado de una subcomisión de 3 congresistas de cada Cámara para su elaboración.
- Tasa de interés moratoria transitoria: Se propone reducir la tasa de interés moratorio del 50% para las obligaciones tributarias y aduaneras que se paguen totalmente hasta el 30/06/ 2023 y para las facilidades y acuerdos para el pago que se suscriban antes de dicha fecha.
- Antigua determinación de impuestos mediante factura: Se elimina el artículo que regulaba la determinación oficial del impuesto de renta mediante factura, atendiendo las nuevas reglas que se crearían sobre la materia (616-5).
- Ineficacia de las declaraciones de retención en la fuente: Aquellas declaraciones presentadas sin pago producirán efectos legales, cuando el valor dejado de pagar no supere 10 UVT y se cancele dentro del año siguiente al vencimiento para declarar. Se establece transitoriedad para el pago de declaraciones ineficaces hasta 30/06/2023.
- Intercambio de información: Se podrá intercambiar información de los contribuyentes entre el Ministerio de Hacienda y Crédito Público, la DIAN, el Ministerio de Salud, la UGPP y las administraciones tributarias del orden territorial para efectos de análisis, administración, liquidación y control de tributos.
Encuentra aquí el resumen detallado de la ponencia para primer debate de la reforma tributaria de 2022.
Encuentra aquí el resumen ejecutivo de la ponencia para primer debate de la reforma tributaria de 2022.