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2024-03-22

Importancia de la factura en los beneficios tributarios relacionados con generación de energía eléctrica a través de fuentes no convencionales de energía:

Sin esta, no procede la devolución del pago de lo no debido cuando la UPME emite la certificación después de la compra de un bien o servicio.

Como se sabe, la Ley de Transición Energética, con el fin de fomentar el uso de la energía procedente de Fuentes No Convencionales de Energía (FNCE) y la gestión eficiente de energía, excluye del impuesto de IVA la adquisición de bienes y servicios para el desarrollo de proyectos que tengan este objeto. 

Sin embargo, se debe tener en cuenta que para que proceda este beneficio, la ley exige que la Unidad de Planeación Minero Energética (UPME) del Ministerio de Minas y Enegia emita un certificado luego de una evaluado y análisis del proyecto y los bienes y servicios cubiertos.

Es decir, constituye pago de lo no debido cuando se graven los bienes con este tributo estando excluidos. 

Por otra parte, la reglamentación indica que si se obtiene el certificado de la UPME luego de la importación o de la adquisición de bienes o servicios, el inversionista podrá solicitar la devolución del IVA pagado inicialmente (artículo 1.3.1.12.21​ del Decreto 1625 del 2016).

Teniendo en cuenta este contexto normativo, se le consultó a la DIAN si la factura de venta era un requisito para obtener la devolución de este IVA.​

¿Por qué la DIAN concluyó que la factura sí es un requisito para la devolución del IVA en proyectos de generación de energía?: 

  • ​El procedimiento para recuperar el IVA, es el de “pago de lo no debido” qué debe presentarse en un término de 5 años, que se cuentan desde la expedición de la factura de venta. Esa es una de las verificaciones que realizará la entidad en el momento de analizar la procedencia de la devolución. 
  • Se debe verificar que las facturas de venta allegadas que soportan la compra de los bienes y servicios para el desarrollo de proyectos de generación FNCE y gestión eficiente de la energía coincida con la certificación UPME, y que la compra se encuentre dentro de las fechas de ejecución del proyecto.
  • Las facturas electrónicas con validación previa, factura de venta o documento equivalente son los documentos soporte del pago de lo no debido, las cuales reflejan el IVA pagado.
  • Se requiere una relación certificada por revisor fiscal o contador público, según el caso, de las facturas de electrónica con validación previa o factura de venta o documento equivalente de compra de los elementos, equipos maquinaria y/o servicios relacionados en el Certificado de la UPME, indicando su número, el nombre y apellidos o razón social, y Número de Identificación Tributaria (NIT) del proveedor, valor de los bienes adquiridos, valor del impuesto sobre las ventas - IVA cancelado, el cual debe estar discriminado en ellas y la descripción de estos.

Finalmente, la DIAN señaló que por cada factura se deberá solicitar la devolución en el respectivo año gravable en que se efectuó la compra. 

Ver aquí ​Concepto DIAN 148 del 2024.

Tenemos un equipo especializado en PwC en la obtención de beneficios tributarios de gestión eficiente de energía. Contáctanos.


Alba Lucía Gómez                             
Socia 
alba.gomez@pwc.com      

                    
 
Omar Sebastián Cabrera                                                 
Gerente             
omar.x.cabrera@pwc.com​​​



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