En caso de que alguna de las personas referidas previamente, no haya sido cotizante durante los últimos cuatro meses o más, se reconocerá un porcentaje adicional del 10%.
Para ser beneficiario del incentivo, recuerde que debe acreditar su calidad de empleador mediante la Planilla Integrada de Liquidación de Aportes (PILA) siempre que haya cotizado el mes completo al Sistema de Seguridad Social Integral y cumplir con el procedimiento de postulación ante la entidad financiera o cooperativa de ahorro y crédito donde cuente con un producto de depósito.
Este incentivo podrá recibirse hasta por veinticuatro (24) veces por cada nuevo empleo creado y tendrá vigencia hasta el mes de agosto de 2026.
Ver aquí Decreto 533 del 2024.
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