Home
2024-05-20

La DIAN aclaró cómo se cuentan los términos para presentar la declaración anticipada obligatoria en las importaciones:

Encuentra acá el resumen preparado por nuestros expertos.

En esta oportunidad, la DIAN resolvió el siguiente problema jurídico: 

"¿El término establecido en el artículo 175 del Decreto 1165 de 2019 para presentar la declaración anticipada obligatoria con una antelación mínima de cinco (5) días calendario o no inferior a un (1) día calendario incluye el día de llegada de la mercancía al país?

En el caso particular la DIAN explicó que existen dos plazos mínimos para la presentación de la declaración anticipada: uno de cinco días calendario y otro de un día calendario, los cuales varían según el tipo de transporte y trayecto. Al respecto, la entidad, aclaró el conteo de los términos para presentar la declaración anticipada obligatoria así:

1. Con una antelación mínima de cinco (5) días calendario. Se enfatiza que este comienza a contar antes de la fecha de llegada de la mercancía al país, de modo que el día de llegada no se cuenta dentro de los cinco días requeridos. Por ejemplo, si la mercancía llega el 29 de febrero de 2024, los cinco días calendario se cuentan desde el día 24 hasta el 28 de febrero de 2024.



Aduanas 1.png


2. Con una antelación mínima de un (1) día calendario. Esta es aplicable para trayectos cortos en el transporte marítimo y aéreo, se indica que este sí incluye el día de llegada de la mercancía al país. Por lo tanto, si la mercancía llega el 29 de febrero de 2024, la declaración anticipada debería haberse presentado como mínimo el 27 de febrero de 2024.

.Aduanas 2.png 

Esta regla se fundamenta en la premisa de que los términos para ejecutar una actividad deben respetar el plazo establecido por la norma, que concluye a la medianoche del último día. Por tanto, en el caso de un plazo de un día, este comprende veinticuatro horas y termina a la medianoche.

Es importante que los usuarios aduaneros consideren estos plazos para evitar sanciones en sus operaciones, ya que el incumplimiento de los mismos conlleva la aplicación de la sanción del uno por ciento (1%) del valor FOB de la mercancía sin que supere las trescientas Unidades de Valor Tributario (300 UVT).


Ver aquí​ Concepto DIAN No. 264 del 2024.


¡Contáctanos!


Diego Alberto Ramírez.png 

Diego Alberto Ramírez Hernández                                            
Consultor Senior          
diego.aberto.ramirez.hernandez@pwc.com​

Rafael Vesga.png
Rafael Vesga                                                
Director             
rafael.e.vesga@pwc.com​​





Comparte esta publicación en tus redes sociales

También te puede interesar Ver más noticias
2023-12-20 ¿Qué elementos tiene en cuenta la Administración Tributaria para tener como cumplida la obligación del responsable de presentar la declaración de importación anticipada?