Home
2024-06-04

Se expide Proyecto de Resolución que pretende dinamizar y agilizar el comercio exterior colombiano con Venezuela:

Además de los cruces de frontera, estarán habilitados como zona primaria aduanera, los CENAF y las CEBAF, aprobados en acuerdos internacionales.

En un esfuerzo por mejorar la seguridad jurídica y facilitar las operaciones de comercio exterior, el Director General de la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) pretende expedir una Resolución que modifica el artículo 140 de la Resolución 46 de 2019. Esta modificación se alinea con los objetivos del Decreto 1165 de 2019, cuyo propósito es dinamizar y agilizar el comercio exterior colombiano.

El Gobierno Nacional expidió el Decreto 1165 el 2 de julio de 2019, estableciendo disposiciones sobre el régimen de aduanas conforme a la Ley 1609 de 2013. Uno de los objetivos clave de esta normativa es facilitar y agilizar las operaciones de comercio exterior, garantizando la competitividad de los productos y servicios colombianos en el mercado Internacional.​

El 9 de abril de 2024, se firmó un protocolo entre el Ministro del Poder Popular para Relaciones Exteriores de Venezuela y el Viceministro de Relaciones Exteriores de Colombia. Este acuerdo reconoce y declara el uso del Puente Internacional "Unión", sobre el río La Grita, como un Paso Internacional de Frontera autorizado. Este puente conecta Puerto Santander (Colombia) y Boca Grita (Venezuela).​

Con la firma del protocolo, se habilita el cruce de frontera del Puente Internacional “Unión" para el ingreso y salida de mercancías bajo control aduanero sin necesidad de un acto administrativo adicional. Esto elimina las restricciones previas establecidas en los incisos 2 y 3 del artículo 140 de la Resolución 46 de 2019, que limitaban la exportación e importación de mercancías a través de este cruce fronterizo.

​El nuevo texto del artículo 140 establece que, además de los cruces de frontera señalados en el artículo 79 del Decreto 1165 de 2019, se considerarán habilitados como zona primaria aduanera, los Centros Nacionales de Atención en Frontera (CENAF) y las instalaciones de los Centros Binacionales de Atención en Frontera (CEBAF), aprobados mediante acuerdos Internacionales. ​

​​Esto responde a las necesidades planteadas por los actores del comercio exterior, quienes han manifestado la importancia de contar con una regulación clara y eficiente que les permita operar con mayor agilidad. La habilitación del Puente Internacional "Unión" no solo facilita el intercambio comercial con Venezuela, sino que también establece un precedente para futuras colaboraciones y acuerdos bilaterales que puedan surgir en la región. Busca fortalecer la posición de Colombia como un hub logístico y comercial en América Latina, mejorando las condiciones para el flujo de bienes y servicios y contribuyendo al desarrollo económico de las zonas fronterizas.

Una vez se expida la Resolución, su vigencia opera una vez transcurran 15 días calendario contados a partir del día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial.


Ver aquí Proyecto​ de Resolución ​de la DIAN.​​​

Autoría:

Daniel Fernando Ávila Asistente
Olga Lizeth Medina Consultora Senior

Comparte esta publicación en tus redes sociales

También te puede interesar Ver más noticias
2023-10-04 DIAN emite concepto unificado sobre operaciones entre sociedades de comercialización internacional y usuarios de zona franca
2023-05-08 Decreto por medio del cual el Gobierno Nacional realiza los ajustes en la normatividad aduanera local para el cumplimiento de los compromisos establecidos en el Acuerdo de Alcance Parcial No. 28 entre Colombia y Venezuela.
2024-06-19 Se publica informe de conciliación del proyecto normativo por medio del cual se institucionalizarían los “Días sin IVA” como política de Estado para estimular la economía en Colombia.