Home
2025-03-18

Cambios en las medidas de prevención y control aduanero en las importaciones de fibras, tejidos y confecciones, entre otros.:

Conoce las novedades aquí:

El Ministerio de Comercio, Industria y Turismo mediante el Decreto 214 del 27 de febrero de 2025, modificó los umbrales establecidos en el Decreto 2218 de 2017 por el cual se adoptaron medidas para la prevención y el control de fraude aduanero en las importaciones de fibras, hilados, tejidos, confecciones y calzado.  

Con el objetivo de fortalecer el sistema de gestión de riesgos y el control frente a posibles situaciones de fraude aduanero, se establecieron nuevos umbrales a las importaciones de las mercancías importadas bajo los capítulos 52 – 56 y 58 – 64 del Arancel de Aduanas y cuyo valor FOB sea menor o igual al precio fijado como umbral.  

En este sentido, el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo acató la recomendación emitida por el Comité de Asuntos Aduaneros, Arancelarios y Comercio Exterior, en la cual se indicó que los umbrales establecidos en el Decreto 2218 de 2017 debían ser revisados y actualizados a valor presente.  

En este orden de ideas, los umbrales fijados en el Decreto 214 de 2025 representan la actualización de los umbrales establecidos en el Decreto 2218 de 2017, para los cuales se tuvo en cuenta el precio implícito de las importaciones en dólares por kilogramo o por par y la inflación anual de los Estados Unidos de América establecida en el periodo del 2018 al 2023.  

Es importante señalar que los umbrales están establecidos en USD/ KG bruto o USD/ Par. En esta medida, los cambios fijados por el reciente Decreto, fueron los siguientes:  

  • En las importaciones de hilados los umbrales aumentaron de 2.0 a 2.50 y de 1.13 a 1.40, dependiendo de la partida arancelaria de que se trate.  

  • En las importaciones de fibras pasó de ser un umbral de 1.0 a 1.30.  

  • En el caso de los tejidos, el umbral pasó del 2.5 al 3.20.  

  • En las importaciones de confecciones, los umbrales establecidos en el Decreto 2218 de 2017 eran de 10, 5 y 8, no obstante, en el Decreto 214 de 2025, se fijaron en 12.70, 6.30 y 10.20 dependiendo de la partida arancelaria de que se trate.  

  • En los textiles confeccionados, los umbrales pasaron de 2.0, 1.5 y 4.5 a 2.50, 1.90 y 5.70.  

  • En el caso del calzado, los umbrales pasaron de 3, 8, 4 y 2 a 3.80, 10.20, 5.10 y 2.50.  

Así las cosas, estos valores se deberán actualizar a valor presente cada año con el fin de mantener su valor real.  

Por su parte, establece el mismo Decreto una transición para su entrada en vigencia, señalando que las importaciones que a la fecha de entrada en vigor del Decreto se encontraran efectivamente embarcadas hacia Colombia o se encontraran en zona primaria aduanera o en zona franca, se les aplicaran los umbrales establecidos en el Decreto anterior, esto es, el Decreto 2218 de 2017, siempre que las mismas fueran sometidas a la modalidad de importación ordinaria en un plazo no mayor a veinte (20) días contados a partir de la vigencia del Decreto 214​ del 2025. 


Encuentra aquí el Decreto No. 214​ de 2025

Autoría:

Diana Marcela López Consultor Senior
Camila Guerrero Abaunza Asistente

Comparte esta publicación en tus redes sociales

También te puede interesar Ver más noticias
2024-10-30 OCDE: Nuevos avances en el Impuesto Mínimo Global y el Pilar Dos.
2024-10-22 Decimosexta adición al Concepto General sobre el impuesto sobre la renta a cargo de las personas jurídicas sobre Presencia Económica Significativa
2024-06-19 Se publica informe de conciliación del proyecto normativo por medio del cual se institucionalizarían los “Días sin IVA” como política de Estado para estimular la economía en Colombia.