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2025-03-27

La DIAN aclara que la falta de registro previo de proyectos VIS y VIP no impide devolución del IVA :

Eliminación del requisito de registro ante la DIAN facilita procesos de devolución y compensación del IVA en proyectos de vivienda VIS o VIP

​​En Con-000189 del 13 de febrero de 2025, la DIAN aclaró que la ausencia de registro previo de proyectos de Vivienda de Interés Social (VIS) y Vivienda de Interés Prioritario (VIP) ante la entidad no constituye una causal de inadmisión para las solicitudes de devolución o compensación del Impuesto sobre las Ventas (IVA) en la adquisición de materiales de construcción destinados a dichos proyectos.  

Para definir lo anterior, la Autoridad Tributaria indicó que, previo a la modificación realizada en el año 2020, el 1.6.1.26.4. del D.U.R 1625 de 2016 establecía la obligatoriedad de registrar los proyectos VIS o VIP ante la DIAN para que fuera procedente la solicitud de devolución o compensación del IVA. Sin embargo, con la modificación introducida por el Decreto 000096-20​, fue eliminada expresamente la exigencia de dicho registro previo, aunque el artículo 1.6.1.26.8. del Decreto 1625 de 2016, que contempla las causales de inadmisión de las solicitudes, no fue ajustado en concordancia, generando una aparente contradicción normativa.  ​


En su interpretación de la norma, la Entidad sostuvo lo ya dicho en el Con-000118-25, del 30 de enero de 2025 en el que precisó que el requisito de registro previo fue eliminado reglamentariamente y, por ende, no puede considerarse como una causal de inadmisión para las solicitudes de devolución o compensación del IVA relacionadas con proyectos VIS o VIP puesto que afectaría la aplicación uniforme del procedimiento al hacer exigible un requisito que carece de sustento jurídico, teniendo en cuenta su eliminación de las disposiciones relacionadas. 

Ver aqu​í​ Concepto DIAN No. 189 de 2025.

¡Contáctan​os!​

Alba Lucía Gómez                             
Socia 
alba.gomez@pwc.com                         


Omar Sebastián Cabrera                                                 
Gerente              
omar.x.cabrera@pwc.com​



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