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2025-04-08

DIAN excluye de retención en la fuente a indemnizaciones de seguros de vida en cooperativas y fondos de empleados.:

La entidad aclara el tratamiento tributario de las indemnizaciones por seguros de vida.

La autoridad tributaria estableció que las indemnizaciones recibidas por cooperativas y fondos de empleados, en calidad de beneficiarios de seguros de vida contratados por sus asociados o terceros para garantizar créditos otorgados, no están sujetas a retención en la fuente. 

El concepto mencionó que las cooperativas y los fondos de empleados, al ser entidades sin ánimo de lucro y parte del sector de la economía solidaria, tienen un régimen especial que excluye la retención en la fuente sobre estos ingresos.  

En el caso de las cooperativas, la regulación especial excluye de retención el componente de rendimiento financiero. Por otro lado, los fondos de empleados, al no ser contribuyentes del impuesto sobre las ganancias ocasionales, también están exentos de esta retención. 

La doctrina emitida por la DIAN se fundamenta en varios artículos del Estatuto Tributario y leyes relacionadas con el cooperativismo y la economía solidaria. Esta aclaración es crucial para las entidades que operan bajo estos regímenes, ya que les permite tener una mayor claridad sobre el tratamiento fiscal de las indemnizaciones por seguros de vida deudor. 


​​Ver aquí ​​concepto de la DIAN No. 195 de 2025.


Alba Lucía Gómez                             
Socia 
alba.gomez@pwc.com      

                    
 
Omar Sebastián Cabrera                                                 
Gerente             

omar.x.cabrera@pwc.com​​​

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