En el caso de las cooperativas, la regulación especial excluye de retención el componente de rendimiento financiero. Por otro lado, los fondos de empleados, al no ser contribuyentes del impuesto sobre las ganancias ocasionales, también están exentos de esta retención.
La doctrina emitida por la DIAN se fundamenta en varios artículos del Estatuto Tributario y leyes relacionadas con el cooperativismo y la economía solidaria. Esta aclaración es crucial para las entidades que operan bajo estos regímenes, ya que les permite tener una mayor claridad sobre el tratamiento fiscal de las indemnizaciones por seguros de vida deudor.
Ver aquí concepto de la DIAN No. 195 de 2025.
Alba Lucía Gómez
Socia
alba.gomez@pwc.com
Omar Sebastián Cabrera
Gerente
omar.x.cabrera@pwc.com