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2026-02-25

Gobierno decretó medidas tributarias extraordinarias sobre el impuesto al patrimonio para financiar la emergencia económica, social y ecológica declarada por eventos climáticos extremos:

Lo anterior por la insuficiencia de recursos y la necesidad de una atención inmediata a la crisis

La norma incorporó a las personas jurídicas y sociedades de hecho contribuyentes declarantes del impuesto sobre la renta y complementarios,​ sujetos pasivos del impuesto, cuando su patrimonio líquido al 1.º de marzo de 2026 fuera igual o​ superior a 200.000 UVT. Asimismo, definió el hecho generador y la base gravable, e introdujo exclusiones para preservar los principios de equidad y capacidad contributiva. 

​El Gobierno fundamentó la medida en la insuficiencia de recursos del Presupuesto General de la Nación y en la necesidad de garantizar la atención inmediata de la crisis, en ejercicio de las facultades conferidas por el artículo 215 de la Constitución Política. 


Ver aq​uí ​Decreto Ley No. 173 de 2026. 

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Alba Lucía Gómez                             
Socia 
alba.gomez@pwc.com                         


Omar Sebastián Cabrera                                                 
Gerente              
omar.x.cabrera@pwc.com​​​​

Autoría:

Impuestos en línea - PwC

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