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2026-07-09

Proyecto resolucion SHD: información exógena distrital (medios magnéticos) correspondiente al año gravable 2025:

Bogotá define nuevos obligados y lineamientos para el reporte de información exógena distrital del año gravable 2025

La Secretaría Distrital de Hacienda de Bogotá (SDH) publicó el pasado 26 de junio, para comentarios, un proyecto de resolución mediante el cual se definirán los sujetos obligados y los plazos para la presentación de la información exógena distrital (medios magnéticos) correspondiente al año gravable 2025. 

Entre los obligados a presentar esta información se encuentran los contribuyentes del Impuesto de Industria y Comercio (ICA) en Bogotá que durante 2025 hayan obtenido ingresos brutos iguales o superiores a 3.500 UVT (COP $174.296.500). ​

Adicionalmente, deberán reportar información los siguientes sujetos: 

• Entidades públicas. 

• Personas jurídicas. 

• Personas naturales comerciantes que hayan realizado compras en Bogotá superiores a 4 UVT (COP $199.196). Este constituye uno de los principales cambios propuestos para 2025. 

• Agentes de retención. 

• Contribuyentes del Régimen Simple de Tributación. ​

El proyecto también incluye de manera expresa a influencers, modelos webcam y empresas de aplicaciones de transporte como sujetos obligados a reportar.

Las fechas tentativas de presentación, de acuerdo con el último dígito del número de identificación, son las siguientes: 

Último dígito de identificación​​

​Fecha límite

​0

​21 de septiembre de 2026

​1

​​22 de septiembre de 2026

​2

​​23 de septiembre de 2026

​3

​​24 de septiembre de 2026

​4

​​25 de septiembre  de 2026

​5

​​28 de septiembre de 2026

6

​​29 de septiembre de 2026

​7

​​30 de septiembre de 2026

8

​​01 de octubre de 2026

​9

​02 de octubre de 2026

El envío de la información deberá realizarse exclusivamente por medios electrónicos a través del portal habilitado por la SDH - PIDO, en archivos de Excel o de texto plano. 

Desde el equipo de Cumplimiento Tributario recomendamos revisar desde ahora los cambios propuestos en esta resolución. Aunque, en términos generales, la estructura y el contenido de la información requerida se mantienen frente a años anteriores, es importante anticipar la recopilación y validación de la información necesaria para los procesos bajo nuestra responsabilidad. ​​​


Autoría:

Carolina Arismendi Acuña Gerente

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