La Comisión de Estudio del Sistema Tributario Colombiano, planteó una reforma al régimen tributario especial. Según la comisión esta propuesta tiene como propósito, suprimir la creciente proliferación de este tipo de entidades constituidas como vehículos de evasión o elusión fiscal, que no cuentan con la supervisión y control suficiente por parte de la Autoridad Tributaria, lo que les permite un indebido uso de los beneficios tributarios que en definitiva se traducen en daños manifiestos a la recaudación nacional.
Del informe resaltamos lo siguiente:
· Constitución, registro e inscripción: Se propone el control de la DIAN de las entidades sin ánimo de lucro desde el momento de su constitución y durante su funcionamiento, mediante la solicitud de inscripción al régimen especial.
Actividades distintas a las meritorias: Se incluye un listado de actividades adicionales que podrán realizar, en tanto sean para financiar las actividades meritorias y no compitan con el sector real.
· Tratamiento de las donaciones: Se sugiere que sean consideradas rentas exentas y para evitar el abuso de dicha de figura, deberá establecerse una clausula anti-abuso.
· Sector solidario: Las cooperativas que actualmente integran el régimen tributario especial deberán estar sujetas al régimen ordinario, ya que reembolsan los aportes y distribuyen excedentes a sus asociados.
· Fondos: No podrán pertenecer al régimen tributario especial, ya que su finalidad es la de servir como vehículos de ahorro e inversión, lo cual no se ajusta al fin de las entidades sin ánimo de lucro.
· Control patrimonial: Se implementan controles de carácter temporal y cuantitativo para garantizar que los excedentes se inviertan en las actividades meritorias del objeto social.
· Control tributario: Se propone la creación de una cláusula general anti-abuso para entidades sin ánimo de lucro para evitar distribuciones indirectas o la simulación de donaciones.
· Cambio de calidad tributaria: Quienes dejen de calificar como no contribuyentes y pertenezcan al sector de entidades sin ánimo de lucro, deberán solicitar su ingreso al régimen especial.
· Sujetos: Se señalan los tipos de sujetos que podrán acogerse al régimen tributario especial y los requisitos que deben acreditarse para tal fin.
· Hecho generador y base gravable: Se propone tomar en consideración las reglas generales aplicables a las sociedades limitadas.
· Tarifa: Se sugiere una tarifa única de 20% de impuesto sobre la renta, calculada sobre el excedente fiscal.
· Aportes y excedentes: Los aportes efectuados por los fundadores de entidades sin ánimo de lucro, nos erán reembolsables.
· Excedentes: Deberán regirse por las mismas reglas aplicables a las sociedades limitadas.
· Restricciones: Se prohíben las fusiones, escisiones, transformaciones o reorganizaciones empresariales sobre el patrimonio y excedentes de las entidades sin ánimo de lucro.
· Exenciones: Se propone el tratamiento de rentas exentas, a aquellas provenientes de actividades orientadas a cumplir el objeto social, las derivadas de las meritorias, las donaciones, la explotación de patrimonio mobiliario o inmobiliario, rendimientos financieros, enajenación de activos y su utilidad, en tanto tales actividades se desarrollen para el desarrollo de actividades meritorias o el mantenimiento del patrimonio de la entidad.
· Destinación de excedes: Deberá invertirse un mínimo de 60% durante los cuatro años siguientes en actividades meritorias, y el remanente en el incremento del patrimonio de la entidad.
De igual forma, en torno a estudio comparativo, la Comisión de Estudio del Sistema Tributario Colombiano, diagnosticó los índices de evasión tributaria existentes en Colombia, mecanismos utilizados para combatir tal evasión, los aspectos de mayor relevancia respecto de la organización funcional, la autonomía, la moral y la formación educativa de la Administración Tributaria, la estructura, funcionamiento y efectividad de la DIAN.
Por último, dicha Comisión sugiere el análisis sobre la implementación de un esquema mono-tributo para las microempresas en Colombia (Hacer clic acá para ver el texto original del Informe Comisión de Estudio del Sistema Tributario Colombiano).