Como se sabe, el artículo 29 de la Ley 14 de 1983 prohibió expresamente gravar con el impuesto de industria y comercio la producción primaria agrícola, ganadera y avícola.
En los términos de la ley, la prohibición recae sobre la producción primaria, lo que expluye los procesos industriales de transformación por "elemental que sea".
En esta oportunidad se discutía si el proceso de empaquetado de productos agrícolas (en este caso banano), estaba incluido dentro de esta prohibición.
La Sala reiteró la posición que de manera unánime se ha sostenido en relación con el carácter primario del empaque de productos agrícolas, avícolas y similares, y el consecuente beneficio del que gozan en materia del impuesto de industria y comercio. En el caso en concreto, consideró que conforme a la descripción del proceso que se lleva a cabo, es claro que dicha actividad no puede reputarse como industrial, por el contrario, hace parte de las actividades agrícolas que no llevan ningún proceso de transformación del banano. Por lo tanto, está protegida por la prohibición de ser gravada con ICA, establecida en el artículo 39 de la Ley 14 de 1983 (Hacer cilc acá para ver el texto original de la Sentencia 19650 de abril 9 de 2015).