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2016-06-09

La Dirección de Impuestos se pronuncia en torno a los recientes cambios normativos en materia de compensación de pérdidas en el CREE:

¿Es posible compensar pérdidas fiscales y excesos de base mínima en las declaraciones de los años gravables 2013 y 2014?

Frente a las pérdidas fiscales, la Administración indicó, que de conformidad con lo dispuesto en la Resolución 029 de 2016 si es posible "(…) incluir y liquidar las pérdidas fiscales generadas en los años gravables 2013 y 2014 en la declaración del año 2015 para ser compensadas a partir del año 2016(…)".


Recordemos que la mencionada disposición modificó la resolución 004 de 2016 mediante la cual se expidieron los formularios y formatos para el cumplimiento de obligaciones fiscales para el año gravable 2016.


Finalmente señaló que la posibilidad de compensar los excesos de base mínima fue concedida a partir del periodo gravable 2015, de conformidad con lo establecido expresamente en el artículo 22-3 de la Ley 1607 de 2012 (Texto original del concepto 8139 de 2016 aquí).​

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