Home
2016-01-22

Para efectos fiscales, las remuneraciones pagadas por los contribuyentes del régimen especial a sus funcionarios que ejerzan cargos directivos y gerenciales, que excedan el 30% del gasto total anual de la respectiva entidad

​Para efectos fiscales, las remuneraciones pagadas por los contribuyentes del régimen especial a sus funcionarios que ejerzan cargos directivos y gerenciales, que  excedan el 30% del gasto total anual de la respectiva entidad, serán considerados como un egreso no procedente.

Comparte esta publicación en tus redes sociales

También te puede interesar Ver más noticias
2026-06-10 Consejo de Estado restablece la vigencia del Decreto 572 de 2025
2026-06-16 El Consejo de Estado reiteró que la factura no es suficiente para probar costos cuando existen indicios de operaciones inexistentes
2026-06-03 Consejo de Estado revocó la suspensión provisional del Decreto mediante el cual el Gobierno Nacional ajustó las bases y las tarifas de retención y autorretención en la fuente para determinadas actividades económicas