Home
2016-01-22

Para efectos fiscales, las remuneraciones pagadas por los contribuyentes del régimen especial a sus funcionarios que ejerzan cargos directivos y gerenciales, que excedan el 30% del gasto total anual de la respectiva entidad

​Para efectos fiscales, las remuneraciones pagadas por los contribuyentes del régimen especial a sus funcionarios que ejerzan cargos directivos y gerenciales, que  excedan el 30% del gasto total anual de la respectiva entidad, serán considerados como un egreso no procedente.

Comparte esta publicación en tus redes sociales

También te puede interesar Ver más noticias
2026-04-24 Retenciones en exceso a no residentes y CDI: ¿es el Procedimiento de Mutuo Acuerdo realmente efectivo en Colombia?
2026-04-24 Consejo de Estado delimitó el alcance del IVA en el servicio público de transporte terrestre especial y el tratamiento de ingresos recibidos para terceros
2026-04-17 Más allá de la vigilancia: Repensando el tratamiento del IVA y el AIU en servicios de seguridad