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2024-03-04

La DIAN emite Resolución que ajusta parcialmente los requisitos para la autorización como autorretenedor del impuesto sobre la renta.

Se propone modificar la Resolución ​5707​ de 2019​ para reducir de 5 períodos gravables anteriores a 3 años de pérdidas fiscales al solicitar la autorización como autorretenedor del impuesto sobre la renta. También se busca precisar que el solicitante debe mantenerse al día en obligaciones tributarias durante el estudio de la solicitud. Además, se incorpora como causa de suspensión la obtención de ingresos brutos inferiores a 130,000 UVT en el año gravable anterior, y se establece que ciertas causales sólo serán verificadas por la Subdirección de Recaudo. Para contribuyentes con autorización suspendida debido a pérdidas fiscales no estarán sujetos al término de dos (2) años, para solicitar una nueva autorización.

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