Este documento será obligatorio y deberá ser presentado a través de los servicios informáticos, por quienes por disposición legal sean agentes de retención, en el impuesto sobre la renta y complementarios, IVA, timbre nacional y autorretención en el impuesto sobre la renta y complementarios.
La entidad indicó la casilla a seleccionar por pagos o abonos en cuenta a favor de sociedades extranjeras sin domicilio en Colombia. En ese sentido, la entidad expuso que esta modificación, se realiza con ocasión a la inclusión en la reglamentación de retenciones y autorretenciones en la fuente por ingresos provenientes de la exportación de hidrocarburos, carbón y demás productos mineros, y retención en la fuente por ingresos provenientes de la venta de estos productos a sociedades de comercialización internacional.
Así mismo, se incluye una casilla especial para retención en la fuente de entidades con Presencia Significativa en Colombia.
Adicionalmente, incluye una discriminación de los pagos o abonos en cuenta realizados a personas naturales y jurídicas.