Recordemos que desde el año 1983 se creó el certificado de reembolso tributario (“CERT”) como un instrumento de apoyo a las exportaciones y posteriormente, este documento se estableció como libremente negociable, es decir, puede ser utilizado para el pago de impuestos como impuesto sobre la renta, IVA, gravámenes arancelarios, entre otros, con fundamento en los siguientes fines:
“(…) 1. Estimular las exportaciones mediante la devolución de sumas equivalentes a la totalidad o a una porción de los impuestos indirectos pagados por el exportador. 2. Promover aquellas actividades que tiendan a incrementar el volumen de exportaciones.”
Dicho esto, en línea con los objetivos planteados por el Gobierno Nacional de diversificar las exportaciones, se publicó un proyecto de Decreto que pretende fortalecer y dar aplicación a los beneficios de este Certificado para promover las exportaciones de bienes y servicios que incorporen tecnología.
De acuerdo con las consideraciones expuestas en el proyecto y su articulado “(…) se otorgará un CERT del tres por ciento (3%) a aquellos bienes industrializados cuya elaboración haya implicado un mínimo proceso de transformación y de valor agregado. Adicionalmente, se otorgará un CERT del cinco por ciento (5%) a las exportaciones de servicios que impliquen valor agregado, tecnología e innovación.”
Adicionalmente, es importante resaltar que, en su memoria justificativa resaltó que, se excluyen bienes como minero energéticos, productos básicos, exportaciones tradicionales, bienes primarios y de baja tecnología.