2024-06-13
La Secretaría Distrital de Hacienda publicó la Resolución que regula los obligados y el contenido de la información a reportar en medios magnéticos.
El pasado mes de mayo de la presente anualidad, la entidad territorial señaló los obligados, el contenido y las características de la información que deben suministrar al Distrito.
Esta información deberá ser suministrada por quienes cumplan con los límites de ingresos, y con las condiciones previstas para las siguientes clases de datos:
Información de compras de bienes y/o servicios.
Información de venta de bienes.
Información que deben reportar los agentes de retención del impuesto de industria y comercio.
Información que deben reportar los agentes de retención por el sistema de retención de tarjetas débito y crédito.
Información que deben reportar los sujetos de retención del impuesto de industria y comercio.
Información de cuentas corrientes o de ahorros e inversiones.
Información que deben reportar los administradores de fondos de inversión o carteras colectivas.
Información de ingresos recibidos para terceros.
Información que deben suministrar las Sociedades Fiduciarias.
Información que deben suministrar los operadores de telefonía móvil.
Información que deben suministrar las inmobiliarias, aseguradoras y/o afianzadoras sobre Arrendamientos.
Información de ingresos obtenidos fuera de Bogotá.
Información de ingresos por venta de activos fijos.
Ingresos obtenidos por exportaciones de bienes y servicios.
Ingresos obtenidos por ventas de bienes a Sociedades de comercialización Internacional con fines de exportación.
Información parcial.
Personas jurídicas extranjeras.
Información de sociedades fusionadas.
Esta normativa también señala los plazos para su reporte, el sitio, forma y constancia de presentación de la información, así como las sanciones al no enviar la información, entre otras disposiciones.
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