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2024-07-16

DIAN:Guía práctica sobre las nuevas deducciones en renta para personas naturales con factura electrónica.

La entidad ha publicado una guía detallada para que los contribuyentes comprendan las nuevas modificaciones introducidas por la Ley 2277 de 2022, conocida como la Reforma Tributaria para la Igualdad y la Justicia Social. Esta Ley modificó el artículo sobre renta líquida del Estatuto Tributario, permitiendo a las personas naturales que declaren ingresos de la cédula general deducir el 1% del valor de bienes y servicios adquiridos con Factura Electrónica, sin exceder de 240 UVT por año gravable, independientemente de la relación con su actividad productora de renta.

Los requisitos para la Deducción son:

1.No duplicidad de beneficios: La adquisición no debe haberse solicitado como costo o deducción en otros impuestos o beneficios fiscales.

2.Soporte de Factura Electrónica: Debe estar respaldada por una Factura Electrónica con validación previa, que identifique al adquirente y cumpla con todos los requisitos de facturación.

3.Pago electrónico: La factura debe haberse pagado con tarjeta débito, crédito u otro medio electrónico supervisado por la Superintendencia Financiera.

4. Expedida por sujetos obligados: La factura debe haber sido emitida por quienes están obligados a expedirla.

Beneficios

  • Deducción en el Impuesto sobre la Renta: Beneficia a los contribuyentes personas naturales.

  • Fomento de la Factura Electrónica: Incentiva su uso y expedición.

  • Impulso a la bancarización: Promueve el uso de medios electrónicos, fortaleciendo la economía.

El beneficio estará disponible para la declaración del impuesto sobre la renta del año gravable 2023, que se presenta en 2024. Actualmente, quienes están habilitados para facturar electrónicamente pueden consultar sus facturas en los sistemas de información de la DIAN.​​

La entidad informo que "actualmente se está desarrollando una consulta para que pueda ser realizada por cualquier usuario registrado en el RUT."


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