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2024-07-31

Se publica Proyecto de Ley que propone incluir dentro de los bienes exentos, además de Compresas y tampones higiénicos las toallas ecológicas, de tela y/o artesanales, protectores diarios y ropa interior absorbente.(Pág 16)

La nueva ley establece medidas que aseguran a las mujeres y personas menstruantes "el pleno ejercicio de sus derechos menstruales", al mismo tiempo que define los lineamientos para implementar una "política pública garantista de derechos fundamentales" relacionados con la menstruación como condición biológica.

Adicionalmente, la ley modifica el artículo 477​ del Estatuto Tributario para eximir del impuesto sobre las ventas a diversos productos de gestión menstrual. Según la nueva modificación, estarán exentos del impuesto productos como "compresas, toallas higiénicas desechables, ecológicas, de tela y/o artesanales, almohadillas reutilizables, tampones, protectores diarios, copas menstruales, ropa interior absorbente, las compresas reutilizables, discos menstruales, esponjas marinas para la gestión menstrual" y otros insumos similares.​​

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