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2024-07-31

Sancionada Ley que crea un descuento tributario y amplía la exclusión de IVA para donaciones de alimentos aptos para el consumo humano y para bienes de higiene y aseo (Pag.7)

La Ley busca promover la donación de alimentos aptos para el consumo humano a los bancos de alimentos, de iglesias y confesiones y asociaciones que su personería sea sin ánimo de lucro pertenecientes al Régimen Tributario Especial a través de beneficios tributarios estableciendo un descuento del 37% al impuesto sobre la renta del valor que  ha sido donado en el año o período gravable, beneficio que incluye los gastos de transporte de dichas donaciones.

Este descuento puede ser utilizado durante las 4 vigencias posteriores al año o período gravable en el cual se llevó a cabo la donación.

Por otro lado, se excluye del impuesto sobre las ventas no solo a las donaciones de los alimentos de consumo humano sino también a los bienes de higiene y aseo donados.​


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