Este proyecto de decreto surgió con ocasión a las atribuciones legales al Ministerio de Comercio, Industria y Turismo y al Despacho del Ministro de Comercio, Industria y Turismo; debido a sus conocimientos especializados en materia de facilitación de la inversión extranjera directa por lo que se requiere atender eficientemente las solicitudes de los inversionistas que excedan las competencias de alguno de los organismos y entidades que integran la Rama Ejecutiva y que requieren una articulación institucional.
Que, en relación con la importancia de la puesta en marcha tanto de la Ventanilla Única de Inversión como del Servicio de Facilitación de la Inversión Extranjera Directa o SIED, resultó necesario realizar modificaciones a la normatividad vigente en cuanto a la materia.
Así las cosas, la nueva normativa modifica aspectos relacionados con:
- El Ámbito de aplicación.
- La Ventanilla Única de Inversión - VUI.
- La operación y gobernanza de la Ventanilla Única de Inversión.
- El objetivo del SIED.
- El modelo de atención del SIED.
- Los enlaces institucionales.
- Los seguimiento a las solicitudes.
- Conformación del Comité IED - SIFAI.
- Funciones del Comité IED - SIFAI.