La Ley busca "tomar medidas para superar la pobreza energética y promover la Transición Energética Justa (TEJ) en La Guajira" y responde a la necesidad de superar la crisis humanitaria en la región.
En el Texto del proyecto se establece un "régimen especial y diferencial para la prestación del servicio y las tarifas de energía eléctrica en La Guajira." basado en la vulnerabilidad climática y socio-económica de la población. Este régimen pretende "solucionar la demanda no atendida de energía eléctrica" mediante el uso de Fuentes No Convencionales de Energía Renovable y tecnologías para el "Uso Racional y Eficiente de la Energía." El Ministerio de Minas y Energía regulará los procedimientos necesarios para su implementación, siguiendo principios de "eficacia y eficiencia del gasto público" y "distribución equitativa de las cargas tarifarias."
Además, se establecerían incentivos tributarios para proyectos de "almacenamiento de energía eléctrica, baterías y estabilidad de la red en La Guajira." Estos beneficios se aplicarían a "servicios complementarios de respuesta rápida y estabilidad energética." La Unidad de Planeación Minero Energética definirá las tecnologías aplicables a estos incentivos y analizará los requerimientos de inversiones en La Guajira, Cesar y Magdalena en un plazo de seis meses.