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2024-08-14

Proyecto de Ley que busca fortalecer la autonomía territorial y el desarrollo competitivo mediante la adición de nuevas disposiciones a la Ley sobre ordenamiento territorial.

La iniciativa "busca honrar la autonomía de las entidades territoriales", establecida en los artículos 287 y 288 de la Constitución Política, con el fin de fomentar un ordenamiento territorial que promueva el desarrollo productivo y competitivo. Este enfoque está orientado a "cerrar brechas y definir competencias entre los distintos niveles de gobierno con criterios de eficiencia, coordinación y competitividad".

La regulación de esta iniciativa abarca los Planes de Ordenamiento Departamental (POD), la categorización de entidades territoriales y la asignación de competencias entre los niveles de gobierno. Además, busca establecer "mecanismos para acceder a nuevas fuentes de financiación y mejorar la eficiencia en el recaudo de rentas y la gestión de competencias por parte de las entidades territoriales".

Estos son los puntos a destacar del proyecto:

1. Categorización de Entidades Territoriales: La propuesta incluye "la creación de una nueva metodología para clasificar las entidades territoriales, incorporando criterios demográficos, económicos, fiscales, sociales, institucionales y ambientales". Esto permitirá una mejor asignación de competencias y recursos y promoverá la equidad entre las entidades territoriales.

2. Planes de Ordenamiento Departamental (POD): Se establece la necesidad de desarrollar los POD, que definirán la visión a largo plazo de los departamentos y su modelo de ordenamiento territorial. Estos planes "articularán los planes de ordenamiento territorial con otros niveles de gobierno y se regirán bajo los principios de cohesión y articulación territorial, asegurando una planificación integral y sostenible".

 3. Financiación: La iniciativa propone dotar a los departamentos de herramientas para financiar proyectos de impacto regional, como "la participación en plusvalías, contribuciones por valorización y pagos por servicios ambientales". Esto permitirá a los departamentos fortalecer su autonomía financiera y mejorar la inversión en obras de interés público.

4.Gestión Catastral: Se propone fortalecer el rol de los departamentos en la gestión catastral multipropósito, "otorgándoles la condición de gestores catastrales y precisando las fuentes de financiamiento de esta gestión". Además, se promueve la asociatividad municipal para optimizar la prestación de este servicio.

5.Definición de las competencias normativas en materia tributaria territorial: Las leyes que creen tributos de carácter territorial deben "definir por lo menos el hecho generador de la respectiva obligación tributaria". Los otros elementos del tributo pueden ser establecidos por las asambleas departamentales y concejos municipales, siempre que "guarden conexidad con el hecho generador definido por la ley".

Los departamentos, municipios y distritos tienen la competencia para establecer "exenciones, exclusiones y beneficios de carácter tributario" sobre los tributos territoriales. Además, pueden establecer "descuentos o beneficios para incentivar el pronto pago" y beneficios especiales para la normalización y gestión de cartera tributaria, en concordancia con la Ley 819 de 2003.

La iniciativa busca modernizar y mejorar la eficiencia en la gestión del territorio, la asignación de competencias y la financiación de proyectos regionales, garantizando "un desarrollo más equitativo y sostenible para las entidades territoriales del país".

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