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2024-09-06

Ministerio de Hacienda publicó Proyecto de Decreto que reglamentaría la NO causación del impuesto nacional a productos plásticos de un solo uso.

Este Decreto modifica el Título 6 del Decreto 1625 de 2016, para incluir el "Impuesto nacional sobre productos plásticos de un solo uso" y detalla cómo se determina la no causación de este impuesto. De acuerdo con lo mencionado, para no causar el impuesto, los productos plásticos deben cumplir con ciertos criterios, como tener un "contenido mínimo de material reciclado" o estar dentro de un "plan colectivo de gestión ambiental de residuos".

La no causación del impuesto se valida mediante la "Certificación de Economía Circular - CEC", expedida por la ANLA, que verifica el cumplimiento de los criterios. De acuerdo con las disposiciones del Proyecto de Decreto, "la cantidad de producto plástico de un solo uso (...) sobre la cual se hace efectiva la no causación del impuesto no podrá ser mayor a la cantidad certificada". La certificación tiene una vigencia de un año y debe presentarse antes de la declaración del impuesto.

Además, la DIAN podrá solicitar información relacionada con la no causación del impuesto, en ejercicio de sus funciones de fiscalización y control. Para los periodos de 2022 y 2023, aquellos que ya han presentado sus declaraciones pueden corregirlas para ajustar el valor del impuesto, siempre que tengan la certificación correspondiente.​​​

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